Los productos con las etiquetas con el impuesto al valor agregado (IVA) del 12 % podrán mantenerse hasta agotar su inventario, aunque hay un plazo máximo, de hasta 180 días, que serán contados a partir del 1 de abril. Así lo establece el Acuerdo Ministerial n.° MPCEIP-MPCEIP-2024-0038 emitido por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca.

Y es que a partir del 1 de abril el IVA pasará del 12 % al 15 % y con ello los productos que gravan con este impuesto tendrán una variación en los precios finales, que deberán ser informados al consumidor.

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De acuerdo con el documento, los proveedores, distribuidores y comercializadores de bienes y productos industrializados cuentan con la autorización para la “utilización de etiquetas en los productos con el impuesto al valor agregado – IVA del 12 %, hasta agotar su inventario; en el plazo máximo de hasta 180 días, contados a partir del 1 de abril de 2024″.

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Pese que a se mantendrán estas etiquetas, en el acuerdo se establece que “los proveedores, distribuidores y comercializadores de bienes y productos industrializados deberán implementar todos los medios informativos adecuados y oportunos para que el consumidor pueda conocer los precios finales de los mismos, a partir del 1 de abril de 2024″.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) también informó que dado al incremento de los tres puntos en el IVA a partir del 1 de abril los negocios deben registrar el cambio de tarifa en sus comprobantes de venta.

“A partir del 1 de abril de 2024 asegúrate de actualizar tus comprobantes de venta con la nueva tarifa del IVA al 15 %”, indicó la entidad de recaudación tributaria. (I)