La disolución de la Asamblea Nacional no tuvo efectos favorables para el gobierno de Guillermo Lasso, que se encontró con el escollo de la Corte Constitucional (CC) para llevar a cabo sus planes de gobierno.

De hacer frente a una extinta mayoría legislativa de más de 70 votos, a los que Lasso cuestionó por ‘bloquear’ su gestión, pasó a enfrentarse a un pleno de nueve jueces de la Corte Constitucional que examinan sus propuestas de ley económicas urgentes.

El 17 de mayo de 2023, Lasso disolvió la Legislatura por grave crisis política y conmoción interna, amparándose en el artículo 148 de la Constitución que, a su vez, le permite administrar el Estado a través de decretos-ley de urgencia económica, que requieren de un dictamen previo de constitucionalidad de la CC y podrán ser revisadas por el nuevo pleno legislativo.

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Han transcurrido 81 días desde entonces, en los que de cuatro iniciativas planteadas a la Corte, solo una tuvo dictamen favorable. A lo que se sumó que no calificó en su integridad el acuerdo bilateral económico con Costa Rica y suspendió la ejecución de un reglamento para aplicar consultas ambientales para proyectos estratégicos.

Solo el decreto-ley para el Fortalecimiento de la Economía Familia, relacionado con la rebaja del impuesto a la renta, mediante deducciones por cargas familiares, entró en vigencia.

A mediados de junio, los jueces negaron el decreto-ley para la Atracción y Fomento de Inversiones para el Desarrollo Productivo, que proponía constituir zonas francas.

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Luego, el 28 de julio, se negó otras dos iniciativas: el decreto-ley de Apoyo Financiero a Favor de Beneficiarios Coactivados de Créditos Educativos, Becas y Ayudas Económicas; y, el de Reestructuración Empresarial.

En las dos, los magistrados consideraron que no se cumplieron con los criterios de urgencia, establecidos por su propia jurisprudencia y que son incompatibles con el artículo 148 de la Carta Política.

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A estas negativas se ampliaron la declaratoria de la constitucionalidad del Acuerdo de Asociación Comercial entre Ecuador y Costa Rica, «siempre y cuando» se subsane la inconstitucionalidad de una serie de artículos, relacionados con la posibilidad de que se someta a arbitraje las controversias que se deriven de su ejecución, porque recaerían en la prohibición contemplada en el artículo 422 de la Constitución.

Días después, el 31 de julio, el organismo dictó medidas de suspensión provisional para evitar la aplicación del decreto ejecutivo 754, que emitió el jefe de Estado el 31 de mayo pasado, y que contiene las reformas al reglamento al Código Orgánico del Ambiente.

Según el Ministerio del Ambiente, la decisión afectará a 176 proyectos que están a la espera de licencias ambientales en áreas de minería, hidrocarburos, turísticos, plantas de tratamiento, centros de gestión de desechos, proyectos eléctricos.

Los jueces de la Corte Constitucional son los encargados de emitir los dictámenes de constitucionalidad de los decretos-ley de urgencia económica, según el artículo 148 de la Constitución. Fotos:Rolando Enríquez/API Foto: API

¿Revés para el Gobierno? «Es un revés para el país», lamentó el ministro de Gobierno, Henry Cucalón, quien reconoce el «deber» de la Corte de controlar, pero que se extralimitó en sus competencias.

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«No sé qué es lo que le pasa a la Corte, a la que siempre he respetado y he defendido en los fallos polémicos. Es el colmo de la audacia», cuestionó el ministro.

Recordó que en el caso del Decreto Ejecutivo 754, su contenido «nace de un fallo de la misma Corte justamente para aplicar las consultas prelegislativas y que hace que 176 trámites que tienen que ver con la economía, con la infraestructura se suspendan por una demanda relacionada con un grupo minero. Este es un problema no solo para el Gobierno, es un problema para el país», recalcó.

En catorce días los ecuatorianos irán a las urnas para elegir presidente de la República y 137 asambleístas y, de darse una segunda vuelta presidencial, la previsión del Consejo Nacional Electoral (CNE) es que en noviembre próximo se posesione el nuevo mandatario que consumará el periodo constitucional restante, hasta mayo del 2025.

Es decir, Guillermo Lasso estará unos cuatro meses al frente del Estado y seguirá insistiendo en propuestas. «No vamos a renunciar a nuestra capacidad de presentar proyectos de decreto ley en el tiempo que nos queda como gobierno», aseveró Cucalón.

Sin embargo, con la postura de la Corte, en este próximo cuatrimestre, el régimen tendría dos opciones: adecuar sus propuestas de decreto-ley urgentes a lo que plantea su jurisprudencia y atender necesidades de la población en cuanto a políticas públicas.

«A estas alturas y con los precedentes que ha sentado la Corte Constitucional, la muerte cruzada se convirtió en un periodo de hibernación, de congelamiento», sopesó el analista económico Alberto Acosta Burneo.

A su criterio, la CC tomó una «posición política interpretando que debe ser un contrapeso político», pese a que la Constitución permite que la nueva Asamblea Nacional niegue o apruebe los proyectos que remitió el Ejecutivo.

La alternativa, concentrarse en «administrar los recursos, garantizar que haya medicamentos en los hospitales y para eso no requiere de la Corte ni de la Asamblea. Dedicarse al tema administrativo y mejorar la calidad de los servicios públicos. Eso es lo prioritario. En este escenario, transformaciones estructurales, de fondo, no son posibles. No hay cabida para eso», reflexionó Acosta.

Defiende la facultad presidencial de insistir en proyectos legales, pero «no debería seguir desgastándose, las expectativas no deberían estar puestas en ese lado porque no hay cabida. Deberían estar en la gestión en entender que se pueden hacer otras cosas, como estar metido de cabeza en estrategias para la seguridad ciudadana», insistió.

El equipo de la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República ha asistiado a las audiencias públicas convocadas por la Corte Constitucional para defender las propuestas de decretos-ley económicos urgentes. Fotos: Rolando Enríquez/API Foto: API

Desde lo constitucional, el jurista André Benavides sugirió que en el envío de proyectos legislativos a la CC, el Ejecutivo debería revisar previamente los fallos, aunque no estén de acuerdo con ellos, para adecuarlos a la jurisprudencia.

«Si quiere remitir nuevos decretos-ley debería fundamentarlos con los parámetros que ha establecido la Corte en sus dictámenes. Procurar este filtro, de lo que debe entenderse como urgencia en materia económica, porque de lo contrario, va a perder el tiempo», opinó.

Benavides no considera que los jueces quieran «boicotear» al régimen con una posición partidista, aunque sí política.

«La Corte está haciendo un control político de conveniencia y oportunidad de los decretos; y, en lo económico, cuando señala si los efectos pueden ser inmediatos y de corto plazo. Pero, ni la Asamblea hace ese control, por lo que la CC se ha extralimitado en sus funciones sobre lo que se debe entender como urgencia en materia económica, cuando es una facultad privativa del presidente de la República, porque es el rector de esa política, es el único que puede saber qué es lo que le sobra o le falta al Estado», añadió.

De su lado, el expresidente de la CC, Hernán Salgado, criticó a sus excolegas porque estarían actuando sobre «elucubraciones».

«No existe ninguna disposición que permita a la Corte tomar el camino que está tomando», expresó Salgado y resaltó que en «ningún lado» de la Constitución se conceptúa qué es la urgencia.

«La Constitución no dice nada y por qué: porque todo lo económico es urgente. Todo lo que se dicte en economía es urgente. Esas cosas no esperan. Lo urgente es inherente a lo económico. No hay que ir a buscar con lupa, no hay que hacer elucubraciones erradas. Es un error garrafal decir que no es urgente», explicó Salgado, en una entrevista en radio Democracia.

En todo caso, a criterio de los analistas, la alternativa es enfocarse en la gestión de políticas públicas, que son facultades ordinarias del primer mandatario, como inversión en educación, vivienda, viabilidad, seguridad ciudadana. (I)